La Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los
emprendedores y su internacionalización, fijó la integración de
ventanillas únicas en los Puntos de Atención al Emprendedor. Los actuales PAIT, Puntos de Asesoramiento e Inicio de Tramitación, pasaran a
denominarse Puntos de Atención al Emprendedor o PAE y, los centros de
ventanilla única empresarial (VUE) y la Ventanilla Única de la Directiva de
Servicios, eugo.es (VUDS), del Ministerio de Hacienda y
Administraciones Públicas se integrarán en los Puntos de Atención al
Emprendedor.
Por este motivo el Real Decreto 127/2015 regula las
especificaciones y condiciones para la integración de los centros de Ventanilla
Única Empresarial (VUE) y la ventanilla única de la Directiva de Servicios
123/2006, de 12
de diciembre de 2006 relativa a los servicios en el mercado
interior (VUDS) del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas en la
red de Puntos de Atención al Emprendedor, según establece la disposición
adicional segunda de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores
y su internacionalización.
En el plazo de seis meses las VUE actuales podrán cesar su
actividad o integrarse en la Red PAE. En este caso, el Ministerio de Industria,
Energía y Turismo realizará las actuaciones necesarias para incluir en el sistema
CIRCE los trámites de las Administraciones Públicas e Instituciones
interesadas, así como facilitará la firma con las mismas de nuevos convenios
PAE.
Tanto la red de VUE como la de PAIT son fruto de distintas
iniciativas puestas en marcha por el Gobierno de España entre los años 1999 y
2003 con el objeto de facilitar, simplificar y acelerar la creación de
empresas.
Los centros VUE se crearon al amparo del Protocolo de
colaboración de 26
de abril de 1999 entre la Administración General del Estado, las
Comunidades Autónomas, las Entidades locales y el Consejo Superior de Cámaras
Oficiales de Comercio, Industria y Navegación y las Cámaras Oficiales de
Comercio, Industria y Navegación.
Posteriormente, en este mismo ámbito, se aprobó el Acuerdo del
Consejo de Ministros de 15 de julio de 2005 , para la implantación de una Red de
Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano con el fin de incrementar la
colaboración con las Cámaras de Comercio, Industria y Navegación potenciando la
red de Ventanillas Únicas Empresariales mediante su unión a la nueva red de
oficinas integradas. Ello dio como resultado en diversas Comunidades Autónomas,
a la redefinición de sus centros VUE en Oficinas Integradas – Ventanillas
Únicas Empresariales.
Por su parte, los PAIT se crearon en la Ley 7/2003, de 1 de
abril, de la sociedad limitada Nueva Empresa que modificaba la Ley 2/1995, de
23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad Limitada, añadiendo una nueva
disposición adicional, la octava, relativa al Documento Único Electrónico
(DUE), en la que se creaban los PAIT.
Los PAIT se definían como oficinas dependientes de organismos
públicos o privados mediante las cuales se ofrecía a los emprendedores
servicios de información, asesoramiento y tramitación electrónica, incluyendo en
esta definición a los centros VUE, que podían actuar como PAIT en lo relativo a
la tramitación electrónica a través del DUE.
Posteriormente, la Directiva 123/2006, de 12 de diciembre de 2006 ,
relativa a los servicios en el mercado interior, establecía en su artículo 8
que los procedimientos en materia de establecimiento de servicios debían ser
accesibles por medios electrónicos, entre otras obligaciones. Dicha Directiva
se transpone mediante la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso
a las actividades de servicios y su ejercicio, estableciéndose una ventanilla
virtual, eugo.es, desde la cual
se han de poder realizar todos los trámites relacionados con el inicio y el
ejercicio de una actividad de servicios, así como los de proporcionar
información sobre requisitos aplicables a los prestadores establecidos en otros
Estados miembros o sobre las vías de reclamación existentes, entre otros
aspectos.
Después de la experiencia acumulada con todas estas iniciativas,
la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su
internacionalización las viene a unificar en una sola red de apoyo a los
emprendedores, la red de PAE, hecho que se realiza en su artículo 13 y
disposiciones adicional segunda y final sexta
Los PAE se definen como oficinas pertenecientes a organismos
públicos y privados que se encargarán de facilitar la creación de nuevas
empresas, el inicio efectivo de su actividad y su desarrollo, a través de la
prestación de servicios de información, tramitación de documentación,
asesoramiento, formación y apoyo a la financiación empresarial.
Todo ello, con el fin de dar un servicio unificado tanto a
emprendedores como a empresas, estableciendo un catálogo amplio de servicios
que abarquen el establecimiento, el ejercicio y el cese de actividad. Además,
amplía estas funciones a posibles ventanillas virtuales que se puedan
incorporar y fija en el PAE electrónico del Ministerio de Industria, Energía y
Turismo la obligatoriedad de ofrecer el conjunto de servicios recogidos en su
artículo 13.
El objeto, por tanto, de este real decreto es llevar a efecto
esta integración de manera que a partir de su entrada en vigor solo exista una
única red de oficinas de atención a los emprendedores, bajo una sola
denominación y marca, con el fin de evitar costes por duplicidades a las
Administraciones públicas, mejorar la información al ciudadano y a las empresas
y ofrecer una tramitación electrónica completa en todos los estados por los que
transita una empresa. Integración que se hace tanto a nivel de oficinas físicas
como virtuales, respetando en todo momento lo que se ha desarrollado hasta
ahora, sobre todo en lo que respecta a la VUDS que, debido a su propia
normativa, seguirá ofreciendo sus servicios sin perjuicio de su integración en
el PAE.
Dado que durante este tiempo, el Gobierno ha puesto en marcha la
plataforma «Emprende en 3», un proyecto de simplificación administrativa,
aprobado por el Consejo de Ministros de 24 de mayo de 2013 , que facilita la
comunicación por parte de emprendedores y empresas de las declaraciones
responsables a las entidades locales, es lógico establecer la integración de
esta plataforma en la red PAE en el presente real decreto.
En definitiva, se trata del primer paso para alcanzar el
objetivo de una integración real no sólo de las distintas plataformas de la
Administración General del Estado, sino también llegar a incorporar, a medida
que sea posible, otras plataformas de tramitación electrónica de Comunidades
Autónomas y de las Entidades Locales.

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